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Convenios Colectivos 2026: Guía Completa para Empresas y Trabajadores

El convenio colectivo es la piedra angular que regula las relaciones laborales en España. ¿Sabes qué es, qué tipos existen, cuál se aplica en tu empresa o qué materias regula? Despejamos todas las dudas en esta guía definitiva sobre la negociación colectiva.

22 January 2026
45 min de lectura
Por Irene Payá
Art. 37.1
Garantía
Constitucional
2 Tipos
Principales
Sectorial vs Empresa
Art. 82.3
Descuelgue
Salarial
Ultraactividad
Tras reforma 2021

Puntos clave de esta guía

1

El convenio colectivo tiene eficacia general: obliga a todos los trabajadores y empresas de su ámbito

2

Existen 2 tipos principales: convenio sectorial y convenio de empresa

3

El convenio de empresa tiene prioridad aplicativa en materias como horario y jornada

4

Tras la reforma 2021, la ultraactividad es indefinida: el convenio sigue vigente hasta nuevo acuerdo

5

El descuelgue permite inaplicar temporalmente el convenio por causas económicas

6

Tu contrato nunca puede tener condiciones peores que las del convenio aplicable

Cuando hablamos de derechos y obligaciones en el mundo laboral, la mayoría de la gente piensa en el contrato de trabajo y en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, existe una pieza mucho más importante y específica que regula el día a día de la gran mayoría de las relaciones laborales en España: el convenio colectivo. Este acuerdo, fruto de la negociación entre los representantes de los trabajadores y los empresarios, es la verdadera "constitución" de un sector o de una empresa, y establece desde el salario hasta la jornada, pasando por los permisos, las vacaciones o la clasificación profesional.

Pero, ¿qué es exactamente un convenio colectivo? ¿Cuántos tipos hay? ¿Qué pasa si a mi empresa se le podrían aplicar varios? ¿Puede una empresa dejar de aplicar el convenio si le va mal económicamente? En esta guía completa, vamos a desgranar el Título III del Estatuto de los Trabajadores para resolver todas estas dudas y ofrecer una visión clara y práctica de una de las instituciones más importantes de nuestro derecho laboral.

01. ¿Qué es un Convenio Colectivo?

Un convenio colectivo es un acuerdo suscrito entre los representantes de los trabajadores (sindicatos) y los representantes de los empresarios (asociaciones patronales) para establecer las condiciones de trabajo y productividad en un determinado ámbito. Es el resultado del derecho a la negociación colectiva, garantizado por el artículo 37.1 de la Constitución Española.

Eficacia General o "Erga Omnes"

La característica más importante de los convenios colectivos negociados según el Estatuto de los Trabajadores (convenios estatutarios) es su eficacia normativa y general. Esto significa que sus cláusulas obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación, con independencia de que estén o no afiliados a las organizaciones firmantes. El convenio colectivo tiene, por tanto, fuerza de ley dentro de su ámbito.

El convenio colectivo adapta la normativa laboral general (el Estatuto de los Trabajadores) a las particularidades de un sector de actividad (hostelería, construcción, consultoría...) o de una empresa concreta. El Estatuto establece las normas mínimas, pero es el convenio el que fija los detalles: las tablas salariales, los pluses, la jornada anual exacta, los permisos mejorados, los tipos de contrato más utilizados, etc. Por eso es una fuente de derecho laboral de primer orden.

02. Tipos de Convenios Colectivos

Los convenios colectivos se pueden clasificar según diferentes criterios, principalmente su ámbito de aplicación.

Según su Ámbito Funcional y Territorial

Convenio Colectivo Sectorial

Es el más común. Afecta a todas las empresas y trabajadores de un determinado sector de actividad (metal, comercio, oficinas y despachos, etc.). Su ámbito territorial puede ser estatal, autonómico o provincial.

Convenio Colectivo de Empresa

Afecta únicamente a una empresa en concreto y a todos sus trabajadores. Suelen existir en grandes empresas que tienen la capacidad de negociar sus propias condiciones laborales al margen del sector.

La combinación de estos ámbitos da lugar a múltiples posibilidades:

  • Convenio sectorial estatal: Ej. Convenio de la Construcción.
  • Convenio sectorial autonómico: Ej. Convenio de Hostelería de la Comunidad de Madrid.
  • Convenio sectorial provincial: Ej. Convenio del Comercio del Metal de Barcelona.
  • Convenio de empresa: Ej. Convenio Colectivo de Telefónica.

Según su Naturaleza Jurídica

Convenios Estatutarios

Son los que se negocian siguiendo las reglas del Título III del Estatuto de los Trabajadores. Tienen eficacia general (erga omnes), es decir, obligan a todos, y son la inmensa mayoría.

Convenios Extraestatutarios

Son acuerdos que no cumplen todos los requisitos de legitimación o procedimiento del Estatuto. Tienen la naturaleza de un contrato y solo obligan a las empresas y trabajadores afiliados a las organizaciones que los firmaron. Son muy poco frecuentes.

03. Jerarquía y Concurrencia de Convenios

Una de las cuestiones más complejas es determinar qué convenio aplicar cuando una empresa, por su actividad y ubicación, podría estar afectada por varios a la vez (por ejemplo, uno estatal, uno autonómico y uno provincial del mismo sector). Para resolver esto, la ley establece unas reglas de concurrencia y una jerarquía muy particular.

El Principio de Unidad de Negociación

La regla general es que un convenio colectivo, durante su vigencia, no puede ser afectado por lo dispuesto en convenios de ámbito distinto. Esto significa que, si una empresa está aplicando el convenio provincial del metal, no puede venir el convenio estatal del metal y cambiar sus condiciones mientras el provincial esté vigente. El objetivo es dar seguridad jurídica.

La Prioridad Aplicativa del Convenio de Empresa

Aquí llega la gran excepción y uno de los puntos más importantes de la reforma laboral. El artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que el convenio colectivo de empresa siempre tendrá prioridad aplicativa sobre el convenio sectorial (estatal, autonómico o provincial) en una serie de materias clave.

Las materias en las que el convenio de empresa manda son:

  • La cuantía del salario base y de los complementos salariales.
  • El abono o la compensación de las horas extraordinarias y la retribución del trabajo a turnos.
  • El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.
  • La adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación profesional de los trabajadores.
  • La adaptación de las modalidades de contratación.
  • Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

En todo lo no previsto en el convenio de empresa, se aplicará supletoriamente el convenio sectorial correspondiente. Esto crea un sistema de dos niveles donde la empresa puede regular sus condiciones más importantes, pero sigue teniendo el paraguas del convenio sectorial para el resto de materias.

04. Contenido del Convenio Colectivo

Los convenios colectivos son documentos extensos y detallados. La ley (artículo 85 del ET) exige un contenido mínimo obligatorio, pero las partes negociadoras tienen libertad para regular una gran variedad de materias.

Contenido Mínimo Obligatorio

  • Partes negociadoras: Quiénes firman el convenio (sindicatos y patronales).
  • Ámbito de aplicación: Personal, funcional, territorial y temporal (a qué trabajadores, empresas, zonas geográficas y durante cuánto tiempo se aplica).
  • Comisión paritaria: Designación de una comisión para la interpretación y vigilancia del convenio.
  • Denuncia: Forma y plazo para comunicar la finalización de la vigencia del convenio y la intención de negociar uno nuevo.
  • Procedimientos de resolución de conflictos: Mecanismos para solventar las discrepancias que puedan surgir en la comisión paritaria, como la mediación o el arbitraje.

Contenido Habitual (Materias Reguladas)

Además del mínimo legal, los convenios suelen regular en detalle aspectos cruciales del día a día laboral:

Categoría Ejemplos de Materias Reguladas
Económicas Tablas salariales por categoría, estructura del salario (salario base + complementos), pluses (nocturnidad, peligrosidad), pagas extraordinarias, dietas y gastos de viaje.
Laborales Jornada anual de trabajo, horarios, distribución irregular de la jornada, régimen de trabajo a turnos, vacaciones, permisos retribuidos (mejorando los del ET), clasificación profesional, modalidades de contratación, periodos de prueba, régimen disciplinario.
Sociales y de Conciliación Planes de igualdad, medidas contra el acoso, mejoras en los permisos de maternidad/paternidad, excedencias, reducciones de jornada, seguros de vida o accidentes, planes de pensiones.
Sindicales Derechos de los representantes de los trabajadores, crédito horario sindical, tablones de anuncios, cuota sindical.

05. El Proceso de Negociación

La negociación de un convenio colectivo es un proceso complejo, formal y reglado, que se desarrolla en varias fases.

1

Legitimación y Promoción

Solo pueden negociar los sindicatos y asociaciones empresariales más representativos, o aquellos que tengan un mínimo de implantación en el ámbito del convenio.

2

Constitución de la Comisión Negociadora

Se forma una mesa de negociación con un número máximo de miembros por cada parte (banco social y banco empresarial).

3

Negociación y Deber de Buena Fe

Las partes están obligadas a negociar bajo el principio de buena fe. Se presentan plataformas de propuestas, se debaten y se buscan acuerdos.

4

Adopción de Acuerdos

Para que los acuerdos sean válidos, se requiere el voto favorable de la mayoría de cada una de las dos representaciones.

5

Registro, Depósito y Publicación

Una vez firmado, el texto del convenio debe presentarse ante la autoridad laboral para su registro y depósito. Finalmente, se ordena su publicación en el BOE o en el boletín oficial correspondiente.

06. Vigencia, Denuncia y Ultraactividad

Un convenio colectivo no es eterno. Tiene un ciclo de vida muy definido que es crucial conocer: su entrada en vigor, su duración, su finalización y qué ocurre cuando termina su vigencia pero aún no se ha negociado uno nuevo.

Vigencia

La duración del convenio (su vigencia) es la que pacten las partes. Puede ser de un año, dos, tres... Lo más habitual son vigencias de entre 2 y 4 años para dar estabilidad a las relaciones laborales. El convenio entra en vigor en la fecha que acuerden las partes, pero siempre tras su publicación en el boletín oficial correspondiente.

Denuncia del Convenio

La denuncia es el acto formal por el que una de las partes firmantes comunica a la otra su voluntad de dar por finalizada la vigencia del convenio y su intención de empezar a negociar uno nuevo. Es el pistoletazo de salida para la siguiente negociación. El propio convenio debe establecer la forma y el plazo de preaviso para realizar la denuncia (normalmente, entre 1 y 3 meses antes de que finalice su vigencia).

La Ultraactividad: ¿Qué pasa si el convenio caduca y no hay uno nuevo?

Este es uno de los conceptos más importantes y que fue modificado en la reforma laboral. La ultraactividad es la prórroga automática de la vigencia de un convenio colectivo que ya ha sido denunciado y ha expirado, mientras se negocia el siguiente. Evita que los trabajadores se queden en un vacío normativo.

Según el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores (tras la reforma de 2021), una vez denunciado el convenio, este mantendrá su vigencia de forma indefinida hasta que sea sustituido por uno nuevo. Esto devuelve el poder de negociación a los sindicatos, que ya no tienen la presión de firmar un convenio a la baja por miedo a que el anterior desaparezca.

07. La Comisión Paritaria: El Guardián del Convenio

Todo convenio colectivo debe designar obligatoriamente una Comisión Paritaria. Este es un órgano compuesto por un número igual de representantes de la parte empresarial y de la parte social (de ahí su nombre, "paritaria") que actúa como el "guardián" e intérprete del convenio durante su vigencia.

Funciones Principales

Sus funciones son fundamentales para la vida diaria del convenio:

  • Interpretación del convenio: Es su función principal. Cuando surge una duda sobre el significado o el alcance de una cláusula, la Comisión Paritaria es la primera instancia a la que se debe acudir para que emita una interpretación vinculante.
  • Vigilancia del cumplimiento: Vela por que lo pactado en el convenio se cumpla efectivamente en las empresas.
  • Mediación en conflictos: Puede actuar como mediadora en conflictos colectivos derivados de la aplicación del convenio.
  • Adaptación del convenio: Puede adaptar o desarrollar aspectos del convenio si este le atribuye esa competencia. Por ejemplo, actualizar las tablas salariales anualmente según el IPC pactado.
  • Resolución de discrepancias: Debe intervenir como paso previo y obligatorio en los procedimientos de descuelgue de convenio.

¿Es obligatorio acudir a la Comisión Paritaria antes de ir a juicio?

En muchos casos, sí. La jurisprudencia ha establecido que, para los conflictos de interpretación del convenio, es obligatorio agotar primero la vía de la Comisión Paritaria antes de acudir a los tribunales. Si no se hace, la demanda podría ser inadmitida. Es un paso previo esencial que no debe saltarse.

08. El Descuelgue del Convenio (Inaplicación)

El "descuelgue" o inaplicación del convenio es un mecanismo excepcional que permite a una empresa, de forma temporal, dejar de aplicar ciertas condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo de ámbito superior que le es de aplicación. Está regulado en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores y su objetivo es permitir a las empresas con dificultades económicas superar una mala racha sin tener que recurrir a medidas más drásticas como los despidos.

Causas y Materias Afectadas

Una empresa puede solicitar el descuelgue cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es decir, debe acreditar que atraviesa una situación económica negativa (pérdidas, disminución de ventas...) o que necesita realizar cambios para mejorar su competitividad.

Las materias que se pueden inaplicar son:

  • Jornada, horario y turnos.
  • Sistema de remuneración y cuantía salarial.
  • Sistema de trabajo y rendimiento.
  • Funciones (movilidad funcional).

Procedimiento

El descuelgue requiere obligatoriamente un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores (el comité de empresa o los delegados de personal). La empresa debe iniciar un período de consultas, similar al de un ERE, para intentar llegar a un acuerdo. Si no hay acuerdo, las partes deben someter la discrepancia a la Comisión Paritaria del convenio y, si esta tampoco resuelve, a los sistemas de solución autónoma de conflictos (mediación o arbitraje) previstos en los acuerdos interprofesionales.

Importante: El descuelgue es temporal

El acuerdo de descuelgue debe establecer con exactitud las nuevas condiciones de trabajo y su duración, que no podrá prolongarse más allá del momento en que resulte aplicable un nuevo convenio en la empresa. Es una medida de emergencia, no una forma de evitar el convenio de forma permanente.

09. ¿Cómo Saber Qué Convenio se me Aplica?

Esta es la pregunta del millón para muchos trabajadores y empresas. Identificar el convenio correcto es fundamental, ya que de ello dependen el salario, la jornada y la mayoría de las condiciones laborales. Aquí tienes una guía paso a paso para averiguarlo:

  1. Mira tu contrato de trabajo: Es el primer sitio donde debes mirar. Muchas veces, el contrato de trabajo incluye una cláusula que especifica el convenio colectivo de aplicación.
  2. Consulta tu nómina: La nómina también suele contener información sobre el grupo profesional y la categoría según el convenio, lo que te da una pista clara sobre cuál es.
  3. Pregunta a Recursos Humanos o a los representantes de los trabajadores: El departamento de RRHH de tu empresa tiene la obligación de informarte sobre el convenio aplicable. Si en tu empresa hay comité de empresa o delegados sindicales, ellos son una fuente de información fiable.
  4. Identifica la actividad principal de la empresa (CNAE): Toda empresa tiene un Código Nacional de Actividad Económica (CNAE) que define su actividad principal. Este código es clave para buscar el convenio sectorial que le corresponde.
  5. Busca en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC): El Ministerio de Trabajo tiene un buscador público (REGCON) donde se registran todos los convenios colectivos. Puedes buscar por el código de convenio, el nombre de la empresa o el sector de actividad y el ámbito geográfico. Esta es la fuente más oficial y fiable.

Consejo práctico

Si tu empresa utiliza un software de control horario y gestión de RRHH, es muy probable que el convenio aplicable esté configurado en el sistema, ya que afecta a cálculos de jornada, vacaciones y nóminas. Pregunta al administrador del sistema.

10. Impacto de la Reforma Laboral en la Negociación Colectiva

La reforma laboral de 2021 (Real Decreto-ley 32/2021) tuvo como uno de sus ejes centrales la modernización de la negociación colectiva, buscando devolverle el equilibrio y la centralidad que había perdido en la década anterior. Sus cambios han sido sustanciales y han redefinido las reglas del juego.

La Recuperación de la Ultraactividad Plena

Sin duda, el cambio más significativo fue la recuperación de la ultraactividad indefinida. Antes de la reforma, si un convenio decaía y pasaba un año sin acuerdo, perdía su vigencia, aplicándose el de ámbito superior (si existía) y, en su defecto, el Estatuto de los Trabajadores, lo que provocaba una caída drástica de las condiciones laborales.

¿Qué dice la nueva redacción del Art. 86.3 ET?

Con la reforma, se elimina ese límite de un año. Ahora, las cláusulas de un convenio colectivo denunciado siguen vigentes hasta que sea sustituido por uno nuevo, sin límite de tiempo. Esto devuelve el poder de negociación a los sindicatos, que ya no tienen la presión de tener que firmar un nuevo convenio a la baja por el miedo a que el anterior desaparezca. Se garantiza así la continuidad de las condiciones laborales durante todo el proceso de negociación.

Reequilibrio de la Prioridad Aplicativa del Convenio de Empresa

La reforma de 2012 dio prioridad absoluta al convenio de empresa en materia salarial. Esto permitió que muchas empresas crearan convenios propios para fijar salarios por debajo de lo que marcaba el convenio sectorial, fomentando la devaluación salarial.

La reforma de 2021 ha puesto fin a esta situación. Se mantiene la prioridad del convenio de empresa en muchas materias (horario, clasificación, conciliación...), pero se elimina expresamente en materia salarial. Esto significa que un convenio de empresa ya no puede establecer un salario inferior al fijado en el convenio sectorial de aplicación. El objetivo es claro: evitar la competencia a la baja entre empresas de un mismo sector a costa de los salarios.

11. Casos Prácticos: El Convenio en Acción

La teoría está muy bien, pero la mejor forma de entender el funcionamiento de los convenios colectivos es a través de ejemplos prácticos del día a día de las empresas.

Caso 1: La Startup Tecnológica y el Convenio de Oficinas y Despachos

Situación: "Innovatech Solutions S.L.", una startup de 15 empleados en Madrid que desarrolla software, no sabe qué convenio aplicar. Su actividad principal (CNAE) es "6201 - Actividades de programación informática".

Análisis: Al no existir un convenio específico para empresas de software a nivel nacional o autonómico, se debe buscar el que mejor se ajuste a su actividad de oficina. En este caso, el convenio aplicable es el Convenio colectivo de oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid.

Acción: Innovatech debe aplicar las tablas salariales, la jornada máxima anual, las vacaciones y los permisos establecidos en dicho convenio.

Caso 2: Reclamación de Diferencias Salariales

Situación: Ana trabaja como dependienta en una tienda de ropa en Sevilla. Su empresa le paga 1.150€ brutos al mes en 12 pagas. Ana descubre que el Convenio colectivo del sector del Comercio de Sevilla establece para su categoría profesional un salario base de 1.250€ mensuales, además de dos pagas extraordinarias.

Análisis: La empresa está incumpliendo el convenio colectivo al pagar un salario inferior al mínimo establecido para su categoría.

Acción: Ana tiene derecho a reclamar las diferencias salariales. Puede hacerlo de forma amistosa a través de los representantes de los trabajadores o directamente a RRHH. Si la empresa no rectifica, puede presentar una papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, interponer una demanda judicial en el Juzgado de lo Social.

Caso 3: Negociación de un Convenio de Empresa para Mejorar la Flexibilidad

Situación: "Logística Global S.A.", una gran empresa de transporte con 300 empleados, se rige por el convenio sectorial estatal de transporte de mercancías por carretera. La dirección quiere implementar un sistema de turnos y una distribución irregular de la jornada más adaptada a sus picos de demanda.

Análisis: Gracias a la prioridad aplicativa del convenio de empresa (Art. 84.2 ET), Logística Global puede negociar su propio convenio para regular materias como el horario, la distribución del tiempo de trabajo y el sistema de remuneración.

Acción: La dirección comunica al comité de empresa su intención de negociar un convenio propio. Tras meses de negociación, acuerdan un convenio de empresa que establece una bolsa de horas anual y un sistema de turnos rotativos, a cambio de una mejora salarial y más días de asuntos propios.

12. El Papel de la Jurisprudencia: Los Tribunales Tienen la Palabra

Como en muchas otras áreas del derecho laboral, la regulación del Estatuto de los Trabajadores es a veces un esqueleto que los tribunales, y en especial el Tribunal Supremo, se han encargado de llenar de contenido a través de sus sentencias. La jurisprudencia es fundamental para entender el alcance real de muchos conceptos de la negociación colectiva.

Sobre la Absorción y Compensación de Salarios

El Problema: Una empresa paga a un trabajador un salario superior al del convenio sectorial a través de un plus voluntario llamado "A cuenta convenio". Cuando se publican las nuevas tablas salariales del convenio con una subida, la empresa no sube el sueldo al trabajador, alegando que la subida ya está "absorbida" por el plus que le paga de más.

La Doctrina del Supremo: El Tribunal Supremo ha establecido que la absorción y compensación de salarios solo es posible si el convenio colectivo lo permite expresamente o si el plus que se paga de más es de naturaleza homogénea con la subida. Es decir, si el plus es un simple anticipo de futuras subidas. Si el plus se paga por una razón específica (por ejemplo, un plus de productividad), no puede ser absorbido por una subida del salario base.

La Sucesión de Convenios y el Mantenimiento de Derechos Adquiridos

El Problema: Un convenio colectivo que ha estado vigente durante años "decae" tras el fin de su ultraactividad y se empieza a aplicar el convenio de ámbito superior, que tiene peores condiciones (por ejemplo, menos días de vacaciones).

La Doctrina del Supremo: El Supremo ha determinado que, como norma general, las condiciones del convenio decaído no se contractualizan automáticamente. Es decir, el nuevo convenio (el de ámbito superior) se aplica en su totalidad. Sin embargo, si se puede demostrar que una condición más beneficiosa se ha convertido en un "derecho adquirido" a título individual, por una concesión continuada en el tiempo por parte de la empresa con una clara voluntad de atribuir ese derecho, este podría mantenerse. Es un tema muy casuístico y de difícil prueba.

13. El Futuro de la Negociación Colectiva: Retos y Tendencias

La negociación colectiva no es una institución estática. Se enfrenta a nuevos retos derivados de la digitalización, los nuevos modelos de trabajo y las demandas sociales. El futuro de los convenios colectivos pasa por su capacidad para adaptarse a esta nueva realidad.

Digitalización y Teletrabajo

La Ley de Trabajo a Distancia (Ley 10/2021) ya establece la obligación de que los convenios colectivos regulen aspectos clave del teletrabajo, como la compensación de gastos, el derecho a la desconexión digital o los medios de control empresarial. Los nuevos convenios están empezando a incluir capítulos enteros dedicados a esta materia, regulando de forma detallada la jornada en el teletrabajo, el control horario telemático y la prevención de riesgos laborales en el domicilio del trabajador.

Sostenibilidad y Transición Justa

Cada vez más, los convenios empiezan a incorporar cláusulas relacionadas con la sostenibilidad medioambiental y la transición justa. Esto incluye desde planes de movilidad sostenible para ir al trabajo hasta la formación y recualificación de los trabajadores cuyas industrias se ven afectadas por la transición ecológica. La negociación colectiva se perfila como una herramienta clave para gestionar los cambios laborales derivados de la lucha contra el cambio climático.

La Inteligencia Artificial en el Trabajo

El uso de algoritmos e inteligencia artificial para la toma de decisiones en RRHH (selección, evaluación del desempeño, despidos) es uno de los grandes retos. Los sindicatos ya están presionando para que los convenios colectivos incluyan cláusulas que garanticen la transparencia de estos algoritmos y el derecho de los trabajadores a una supervisión humana de las decisiones automatizadas, en línea con lo que ya exige el RGPD.

Planes de Igualdad y Convenios

Los convenios colectivos también están incorporando cada vez más referencias a los Planes de Igualdad, estableciendo medidas concretas para reducir la brecha salarial de género y promover la corresponsabilidad en el cuidado de hijos y familiares.

14. Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puede mi contrato de trabajo tener condiciones peores que las del convenio?

No. El convenio colectivo establece las condiciones mínimas que deben respetarse. Tu contrato de trabajo puede mejorar las condiciones del convenio (por ejemplo, estableciendo un salario superior), pero nunca empeorarlas. Cualquier cláusula de tu contrato que sea menos favorable que lo dispuesto en el convenio se considerará nula y se aplicará la condición del convenio en su lugar.

¿Qué pasa si mi empresa no aplica ningún convenio colectivo?

Si a una empresa, por su actividad, le corresponde un convenio sectorial, tiene la obligación de aplicarlo. Si no lo hace, está incumpliendo la ley y los trabajadores pueden reclamar las diferencias salariales y de derechos que les correspondan. Si una empresa pertenece a un sector que no tiene convenio (algo muy raro), se deben aplicar como mínimo las normas del Estatuto de los Trabajadores.

¿Un convenio de empresa puede bajar el sueldo que marcaba el convenio sectorial?

Tras la reforma laboral de 2021, no. Antes sí era posible, pero ahora el convenio de empresa ya no tiene prioridad aplicativa en materia salarial. Esto significa que un convenio de empresa no puede establecer un salario inferior al fijado en el convenio sectorial de aplicación. Sin embargo, nunca podrá establecer un salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.

¿Dónde puedo consultar el texto completo de mi convenio colectivo?

Todos los convenios colectivos estatutarios se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) o en el boletín oficial de la comunidad autónoma o provincia correspondiente. Puedes buscarlos de forma gratuita en la web del BOE o en el buscador REGCON del Ministerio de Trabajo. También existen bases de datos jurídicas como Noticias Jurídicas o Iberley que recopilan y actualizan los convenios.

¿Qué es la ultraactividad y cómo me afecta?

La ultraactividad es la prórroga automática de un convenio colectivo que ha expirado mientras se negocia uno nuevo. Tras la reforma de 2021, la ultraactividad es indefinida: el convenio sigue vigente hasta que se firme uno nuevo. Esto te protege como trabajador, ya que tus condiciones laborales no pueden empeorar repentinamente por el simple hecho de que el convenio haya caducado.

Conclusión: El ADN de las Relaciones Laborales

El convenio colectivo es mucho más que un simple documento legal; es el ADN que define las reglas del juego en cada sector y en cada empresa. Entender su estructura, su contenido y su jerarquía es absolutamente esencial tanto para los departamentos de RRHH, que deben garantizar su correcta aplicación, como para los trabajadores, que necesitan conocer sus derechos y obligaciones específicas.

Desde la prioridad del convenio de empresa hasta la figura de la ultraactividad o el descuelgue, la negociación colectiva es un universo dinámico y complejo. Una correcta gestión y conocimiento del convenio aplicable no solo garantiza el cumplimiento normativo y evita sanciones, sino que también es una herramienta clave para la gestión del talento, la planificación de costes y el mantenimiento de un clima laboral justo y transparente. En definitiva, dominar el convenio colectivo es dominar el corazón de las relaciones laborales en España.

IP

Irene Payá

Especialista en Derecho Laboral y Compliance

Experta en normativa laboral y cumplimiento normativo con más de 10 años de experiencia. Ayuda a las empresas a navegar por el complejo entorno legal español, implementando soluciones prácticas y seguras. Colaboradora habitual del blog de Ikelma.

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