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Formación Programada FUNDAE: Cómo Usar el Crédito de Formación 2026

Cálculo del crédito, cofinanciación privada, costes bonificables, plazos de comunicación, bonificación en los seguros sociales y permisos individuales de formación.

04 September 2026
30 min de lectura
Por Irene Payá
0,70%
Cuota de FP
Referencia últimos ejercicios
75%
Asistencia mínima
Para finalizar la acción
200h
Máximo por PIF
Por permiso y curso
15 días
Informe de la RLT
Antes del inicio

Puntos clave de esta guía

1

El crédito se calcula sobre la cuota de formación profesional del año anterior y un porcentaje según tamaño

2

La empresa recupera el coste aplicando una bonificación en sus cotizaciones, no recibe un ingreso

3

La cofinanciación privada se cubre normalmente con los costes salariales de formar en jornada

4

Sin comunicación previa a FUNDAE e información a la representación legal, no hay bonificación

5

Los PIF permiten bonificar las horas de formación oficial con crédito adicional

6

Porcentajes y módulos dependen de la normativa vigente: verifica las cifras en FUNDAE

Cada mes, tu empresa ingresa una pequeña cotización por formación profesional. Cada año, esa aportación se convierte en un crédito que puedes recuperar formando a tu plantilla a través de la formación programada que gestiona FUNDAE. Sin embargo, muchas pymes no lo utilizan, o lo utilizan tarde y mal, por miedo a un procedimiento que parece complejo.

En esta guía explicamos cómo usar el crédito de formación en 2026: cómo se calcula, qué es la cofinanciación privada, qué costes se bonifican, qué plazos hay que respetar, cómo se aplica la bonificación en los seguros sociales y cómo funcionan los permisos individuales de formación. También verás por qué un buen software de control horario facilita justificar que la formación se hizo dentro de la jornada.

1. Qué es la formación programada por las empresas y qué papel tiene FUNDAE

Todas las empresas que cotizan a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional aportan, mes a mes, una pequeña parte de la cotización a financiar el sistema de formación profesional para el empleo. A cambio, disponen cada año de un crédito de formación que pueden recuperar formando a su plantilla. Esa modalidad se llama formación programada por las empresas, aunque en el día a día casi todo el mundo la conoce como "formación bonificada" o "formación FUNDAE".

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) es la entidad del sector público estatal que colabora con el SEPE en la gestión de este sistema. A través de su aplicación telemática, las empresas comunican los grupos formativos, consultan su crédito disponible y justifican la formación. El dinero, sin embargo, no lo transfiere FUNDAE: la empresa lo recupera aplicando una bonificación en sus cotizaciones a la Seguridad Social.

En una frase

La empresa paga la formación, la comunica a FUNDAE en plazo, la justifica y descuenta su coste (con límites) de las cuotas que ingresa a la Seguridad Social. Si no la usa antes de que termine el plazo, el crédito de ese ejercicio se pierde, salvo las posibilidades de acumulación que la norma prevé para empresas pequeñas.

Iniciativas del sistema de formación para el empleo

Formación programada por las empresas

La que decide y organiza cada empresa para su plantilla, financiada con su crédito anual. Es el objeto de esta guía.

Permisos individuales de formación (PIF)

Permisos para que una persona curse formación oficialmente acreditada; los costes salariales se financian con crédito adicional.

Oferta formativa para ocupados

Programas subvencionados por la Administración a los que las personas trabajadoras pueden apuntarse de forma individual, gratuitos para ellas.

Formación en alternancia

La vinculada a los contratos formativos, con su propio régimen de financiación.

Por qué tantas pymes no usan su crédito

Pese a que el crédito sale de las propias cotizaciones de la empresa, es habitual que una parte de las pymes no lo utilice. Los motivos se repiten: desconocimiento de su existencia, sensación de que el trámite es complejo, miedo a errores que acaben en devolución y falta de un plan de formación que dé sentido a las acciones. Si todavía no lo tienes, empieza por nuestra guía sobre cómo elaborar el plan de formación anual: el crédito es una fuente de financiación del plan, no un fin en sí mismo.

Lo que vas a encontrar en esta guía

  • Cómo se calcula el crédito y dónde consultarlo.
  • Qué es la cofinanciación privada y cómo se cumple.
  • Qué costes son bonificables y con qué límites.
  • Plazos de comunicación y de aplicación de la bonificación.
  • Cómo funcionan los permisos individuales de formación.
  • Un caso práctico con números y los errores más habituales.

3. Cómo se calcula el crédito de formación

El crédito anual de cada empresa se obtiene aplicando a lo que ingresó por la cuota de formación profesional el año anterior un porcentaje de bonificación que depende del tamaño de la plantilla. Cuanto más pequeña es la empresa, mayor es el porcentaje que recupera.

Paso 1: la cuota de formación profesional

La cotización por formación profesional se calcula sobre la base de cotización por contingencias profesionales de cada persona trabajadora. El tipo lo fija la Ley de Presupuestos; en los últimos ejercicios ha sido del 0,70%, repartido entre empresa (0,60%) y persona trabajadora (0,10%). La cuantía total ingresada por este concepto durante el año anterior es la base del crédito.

Paso 2: el porcentaje según la plantilla

Tamaño de la plantilla Porcentaje de referencia Comentario
1 a 5 personas Crédito fijo por empresa (420 € en las últimas leyes de presupuestos) Se asigna un importe mínimo en lugar de un porcentaje
6 a 9 personas 75%  
10 a 49 personas 60%  
50 a 249 personas 50%  
250 o más personas 40%  

Verifica las cifras del ejercicio

Estos porcentajes e importes corresponden a las leyes de presupuestos de los últimos años y se incluyen como referencia. Pueden cambiar. El dato que manda es el crédito que FUNDAE asigna a tu empresa en su aplicación, calculado con la información de cotización de la TGSS.

Paso 3: casos especiales

  • Empresas de nueva creación y nuevos centros: como no tienen cotización del año anterior (o la tienen solo por parte de su plantilla), la normativa prevé un crédito por cada persona de nueva incorporación (65 € por persona en las últimas leyes de presupuestos). Se solicita a través de FUNDAE.
  • Acumulación en empresas pequeñas: las empresas de menos de 50 trabajadores pueden comunicar su voluntad de reservar el crédito de un ejercicio para acumularlo con el de los dos ejercicios siguientes, en los plazos que establece FUNDAE. Es útil para financiar una acción más costosa que no cabría en un solo año.
  • Grupos de empresas: pueden gestionar conjuntamente la formación, con reglas específicas de comunicación.
  • Crédito no utilizado: fuera del supuesto de acumulación, el crédito que no se dispone en el ejercicio se pierde.

Ejemplo de cálculo (cifras ilustrativas)

Una empresa de logística con 30 personas y una base media de contingencias profesionales de 2.200 € al mes por persona:

  • Bases anuales: 30 × 2.200 × 12 = 792.000 €.
  • Cuota de formación profesional (0,70%): 5.544 €.
  • Porcentaje para 10-49 personas: 60%.
  • Crédito estimado: 5.544 × 0,60 ≈ 3.326 €.

Las bases incluyen pagas extraordinarias prorrateadas; el cálculo real lo hace FUNDAE con los datos de cotización. El ejemplo sirve para estimar el orden de magnitud.

Si quieres entender cómo se forman las bases sobre las que se calcula esta cuota, lo explicamos en la guía de cotizaciones a la Seguridad Social: bases y tipos.

4. Cofinanciación privada: la parte que pone la empresa

El sistema parte de una idea: la formación beneficia a la empresa, así que la empresa debe contribuir a financiarla con recursos propios además del crédito. Esa aportación se denomina cofinanciación privada y se expresa como un porcentaje mínimo del coste total de la formación que la empresa debe asumir.

Porcentajes mínimos según tamaño

Plantilla Cofinanciación mínima sobre el coste total
Menos de 10 personas Régimen más favorable (porcentaje reducido o exención, según la normativa vigente; confírmalo en FUNDAE)
10 a 49 personas 10%
50 a 249 personas 20%
250 o más personas 40%

Cómo se cumple en la práctica

La buena noticia es que, en la mayoría de los casos, la empresa cumple la cofinanciación sin desembolsar nada adicional. Se consideran aportación privada:

  • Los costes salariales de las personas participantes durante las horas de formación que se realizan dentro de la jornada laboral.
  • Los costes de formación no bonificados, es decir, la parte del coste que excede del crédito disponible o de los módulos máximos.

La formación en jornada "paga" la cofinanciación

Si la formación se realiza dentro del horario de trabajo, el salario que la empresa paga a las personas mientras se forman suele bastar para cubrir el porcentaje mínimo. Es otro argumento a favor de formar en jornada: además de ser lo correcto cuando la empresa exige la formación, facilita cumplir la cofinanciación.

Cómo calcular el coste salarial de la formación

El coste salarial por hora se obtiene a partir del coste anual de la persona (salario bruto más cotizaciones empresariales) dividido entre las horas anuales de su jornada según convenio. Ese coste por hora, multiplicado por las horas de formación en jornada, es la aportación privada imputable.

Ejemplo

Empresa de 30 personas (cofinanciación mínima del 10%). Curso de 20 horas para 6 personas, impartido en jornada. Coste del curso: 2.400 €. Coste salarial medio: 19 €/hora.

  • Coste salarial: 6 × 20 × 19 = 2.280 €.
  • Coste total de la formación: 2.400 + 2.280 = 4.680 €.
  • Cofinanciación mínima (10%): 468 €.
  • Aportación privada real: 2.280 € (costes salariales) ≥ 468 €. Cumple.
  • La empresa puede bonificarse los 2.400 € del curso si tiene crédito suficiente y el coste respeta los módulos máximos.

Si la formación es fuera de jornada

Cuando la formación se imparte fuera del horario (por ejemplo, e-learning por la tarde), no hay costes salariales imputables y la cofinanciación tendría que cubrirse con otros costes no bonificados. Además, si la empresa exige esa formación, el tiempo empleado es tiempo de trabajo y debe registrarse y compensarse. Para justificar las horas en jornada, el registro diario de jornada que exige el art. 34.9 ET es una prueba objetiva muy útil.

El cálculo de cofinanciación se comprueba en el momento de la comunicación de finalización de la formación, de forma global para el conjunto de acciones del ejercicio. Si al final del año no se alcanza el porcentaje mínimo, la bonificación se reduce en la cuantía necesaria para respetarlo.

5. Qué costes se pueden bonificar y con qué límites

No todo lo que la empresa gasta en formación es bonificable. La normativa distingue entre costes directos de impartición, costes de organización y costes salariales, y además limita lo que puede bonificarse por hora y participante mediante los llamados módulos económicos máximos.

Tipo de coste Ejemplos Tratamiento
Costes directos de impartición Formadores (internos o externos), materiales didácticos, plataforma de teleformación, alquiler de aulas y equipos, seguros de participantes Bonificables hasta el límite del módulo económico máximo
Costes de organización Gestión de la formación, comunicación a FUNDAE, coordinación, cuando la hace una entidad organizadora o la propia empresa Bonificables con un porcentaje máximo sobre los costes de impartición, más alto en las empresas más pequeñas
Costes salariales de participantes Salario y cotizaciones de las horas de formación en jornada Normalmente computan como cofinanciación privada; pueden bonificarse en supuestos concretos y con límites
Costes no bonificables Regalos o incentivos a participantes, gastos sin relación con la acción, formación no realizada Nunca bonificables; algunos pueden constituir infracción

Los módulos económicos máximos

Para cada modalidad (presencial, teleformación, mixta) y, en la presencial, según el nivel de la formación, la normativa fija un importe máximo bonificable por hora y participante. La bonificación de una acción nunca puede superar el resultado de multiplicar ese módulo por las horas y por el número de participantes que la finalizan. Los módulos vigentes se publican en FUNDAE conforme a la Orden TMS/368/2019 y normas posteriores.

Fórmula de control

Bonificación máxima de la acción = mínimo entre (a) el coste real bonificable, (b) módulo × horas × participantes finalizados y (c) el crédito disponible de la empresa.

¿Qué significa "participante finalizado"?

Solo cuentan para la bonificación las personas que finalizan la acción. Con carácter general, en la formación presencial se exige haber asistido al menos al 75% de las horas, y en la teleformación haber realizado al menos el 75% de los controles de aprendizaje o actividades previstas. Si alguien abandona antes, su parte del módulo no se puede bonificar, aunque el coste para la empresa sea el mismo.

Ojo con el precio por alumno

Si un proveedor cobra un precio cerrado por grupo y luego asisten menos personas de las previstas, el coste por participante sube y puede superar el módulo. La diferencia no será bonificable. Pacta precios por participante finalizado o asegúrate de que el grupo completará la acción.

Formación impartida con medios propios

La empresa puede impartir formación con sus propios formadores. En ese caso, el coste del formador interno (sus horas dedicadas a preparar e impartir) es un coste directo imputable, siempre que se documente adecuadamente. Es una opción interesante para conocimientos muy específicos de la empresa, pero exige disponer de instalaciones y medios adecuados y conservar las evidencias de impartición.

"Formación gratis": desconfía

Las ofertas que prometen formación "gratis" a cambio de un regalo (una tablet, un ordenador) o que devuelven parte del importe a la empresa son contrarias a la normativa. La LISOS sanciona estas prácticas, y quien responde frente a la Administración es la empresa que se ha bonificado.

6. Plazos: representación legal, inicio, finalización y bonificación

La mayor parte de los problemas con la formación bonificada no son de fondo, sino de calendario. La normativa establece una secuencia de trámites con plazos concretos y, si uno de ellos no se respeta, la acción puede dejar de ser bonificable aunque se haya impartido perfectamente.

La secuencia, de principio a fin

1

Información a la representación legal (antes del inicio)

Si existe comité de empresa o delegados de personal, la empresa debe facilitarles la información sobre las acciones formativas (denominación, objetivos, colectivos destinatarios, calendario, medios, criterios de selección, lugar). La representación dispone de un plazo, establecido en la normativa (quince días), para emitir su informe. Si hay discrepancias, existe un procedimiento para intentar resolverlas y la acción no puede iniciarse hasta que se agote.

2

Comunicación de inicio a FUNDAE

Cada grupo formativo debe comunicarse en la aplicación de FUNDAE con la antelación mínima que exige la normativa antes de la fecha de inicio. Cualquier cambio posterior (fechas, horario, lugar, cancelación) también debe comunicarse con antelación. Comprueba el plazo vigente en la web de FUNDAE, porque ha variado con las sucesivas normas de desarrollo.

3

Impartición y control de asistencia

Durante la formación, la empresa debe controlar la asistencia (hojas de firmas en presencial, registros de la plataforma en teleformación) y estar preparada para posibles visitas de seguimiento.

4

Comunicación de finalización

Al terminar el grupo, se comunica la finalización con los participantes que la han completado y los costes. Es este trámite el que habilita a aplicar la bonificación.

5

Aplicación de la bonificación

Una vez comunicada la finalización, la empresa puede aplicar la bonificación en sus liquidaciones de cotizaciones. El plazo máximo se extiende, con carácter general, hasta el último día de presentación de la liquidación correspondiente al mes de diciembre del ejercicio.

Sin comunicación previa, no hay bonificación

Una acción formativa que empieza antes de haber sido comunicada a FUNDAE, o cuyas fechas reales no coinciden con las comunicadas, no es bonificable. Este es, con diferencia, el error que más bonificaciones hace perder.

Calendario práctico del ejercicio

Momento Acción recomendada
Enero-febrero Consultar el crédito asignado y ajustar el plan de formación
Antes de cada acción Informar a la representación legal con margen suficiente y comunicar el inicio a FUNDAE
Primer semestre En empresas de menos de 50, valorar si conviene reservar crédito para acumularlo
Octubre-noviembre Revisar crédito pendiente y programar las últimas acciones con tiempo para comunicarlas
Diciembre-enero Comunicar finalizaciones pendientes y aplicar las bonificaciones dentro del plazo

Sobre las competencias de la representación legal en materia de formación y cómo canalizar su informe, puedes ampliar en la guía sobre el comité de empresa y los delegados de personal.

7. Cómo se aplica la bonificación en los seguros sociales (antiguos TC)

Aunque se sigue hablando de "bonificarse en los TC", desde la implantación del Sistema de Liquidación Directa (SLD) las cotizaciones se calculan y liquidan a través de la TGSS con los datos que la empresa comunica por el Sistema RED. La bonificación por formación se incorpora a esa liquidación como una deducción del importe a ingresar.

Cómo funciona

  • Importe: la empresa aplica como bonificación el importe correspondiente a las acciones finalizadas y comunicadas, sin superar el crédito disponible ni los límites de cada acción.
  • Momento: puede aplicarse en la liquidación de cualquier mes posterior a la comunicación de finalización, dentro del plazo del ejercicio. Muchas empresas lo concentran en uno o dos meses para simplificar.
  • Forma: la gestoría o el responsable de cotización introduce el importe en la liquidación mediante los procedimientos del Sistema RED previstos para las bonificaciones de formación.
  • Límite de la cuota: la bonificación se descuenta de las cuotas a ingresar; si el importe a bonificar es alto, puede repartirse entre varias liquidaciones.

No es un ingreso, es un descuento

La empresa adelanta el pago al proveedor de formación y lo recupera después, cuando aplica la bonificación. Tenlo en cuenta en la tesorería: entre la factura del curso y la recuperación pueden pasar varias semanas o meses, según cuándo se comunique la finalización y se aplique la bonificación.

Requisito de estar al corriente

Para aplicar bonificaciones, la empresa debe estar al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria en el momento de aplicarlas. Si existe una deuda, la bonificación puede quedar en suspenso o ser considerada indebida. Revisa la situación antes de la liquidación en la que vas a aplicarla.

Coordinación con la gestoría

En muchas pymes la comunicación a FUNDAE la hace una entidad organizadora y la liquidación de cotizaciones la hace la gestoría laboral. Si ambas no se coordinan, ocurre con frecuencia que la formación se comunica pero la bonificación nunca llega a aplicarse, o se aplica dos veces. Establece un circuito claro:

1

La entidad organizadora comunica la finalización

Y envía a la empresa y a la gestoría el importe bonificable de cada grupo.

2

RRHH valida

Comprueba que la formación se realizó, que los participantes finalizaron y que el importe no supera el crédito.

3

La gestoría aplica

Incluye la bonificación en la liquidación del mes acordado y confirma a RRHH el importe aplicado.

4

Conciliación de crédito

RRHH lleva un registro del crédito inicial, lo comprometido y lo aplicado, y lo cruza con la información de FUNDAE.

No apliques más de lo que te corresponde

Aplicar una bonificación superior al crédito disponible o a lo justificado obliga a devolver el exceso con los recargos e intereses que procedan, y puede dar lugar a sanción. Es preferible quedarse algo por debajo y regularizar dentro del plazo si se detecta un error.

Para entender el funcionamiento general de las liquidaciones y del Sistema RED, puedes consultar nuestra guía de altas, bajas y Sistema RED.

8. Permisos individuales de formación (PIF)

El permiso individual de formación es una figura poco conocida que permite a una persona trabajadora cursar, con autorización de la empresa, una formación reconocida mediante una acreditación oficial (un título, un certificado de profesionalidad u otra acreditación oficial) durante su jornada laboral, sin perder salario. La empresa mantiene el sueldo y recupera esos costes salariales mediante bonificación.

Características principales

Duración

Hasta 200 horas laborables por permiso y curso académico o año natural, según la duración de la formación.

Formación admitida

La dirigida a obtener una titulación o acreditación oficial, incluida la correspondiente a procesos de reconocimiento de competencias profesionales. No es necesario que esté vinculada al puesto actual.

Financiación

Los costes salariales de las horas de permiso se financian con un crédito adicional al crédito de formación de la empresa, de modo que no consumen el crédito ordinario.

Qué no cubre

La matrícula o el coste del curso no se financia por esta vía: el PIF cubre las horas de trabajo que la persona dedica a la formación (asistencia a clases, exámenes, etc.).

Cómo se tramita

1

Solicitud de la persona trabajadora

Pide el permiso a la empresa indicando la formación, el centro, el calendario y las horas que coinciden con su jornada.

2

Autorización de la empresa

La empresa decide. Si lo deniega, debe motivarlo por razones organizativas o de producción y comunicarlo a la persona. Informa a la representación legal.

3

Comunicación a FUNDAE

Se comunica el permiso en la aplicación de FUNDAE en los plazos establecidos.

4

Disfrute y justificación

La persona asiste a la formación en las horas autorizadas y aporta justificantes de asistencia y matrícula. Al finalizar, se comunica la finalización y se aplica la bonificación de los costes salariales.

Una herramienta de retención con coste cero

Para una persona que está terminando un ciclo de FP o un grado, poder asistir a clase o a exámenes sin perder salario es un beneficio muy valorado. Para la empresa, el coste salarial se recupera con crédito adicional. Pocas medidas de desarrollo profesional tienen una relación coste-beneficio tan favorable.

Ejemplo (cifras ilustrativas)

Un técnico de mantenimiento de una empresa de 70 personas cursa un certificado de profesionalidad con 120 horas lectivas que coinciden con su jornada. Su coste salarial es de 21 €/hora. La empresa mantiene su salario durante esas 120 horas (2.520 €) y, comunicado y justificado el PIF, puede aplicarse una bonificación por esos costes salariales con cargo al crédito adicional, sin tocar su crédito ordinario.

El registro de jornada en los PIF

Las horas de PIF son horas de permiso retribuido dentro de la jornada. Registrarlas correctamente en el control horario, como ausencia justificada por formación, permite cuadrar los justificantes de asistencia con los días de permiso y aporta una prueba objetiva en caso de control. Con Ikelma puedes crear un tipo de ausencia específico para formación y ver en el cuadrante qué días la persona no estará en su puesto.

No confundas el PIF con el permiso de 20 horas anuales del art. 23.3 ET ni con el resto de permisos laborales retribuidos: son figuras distintas, con requisitos distintos, aunque pueden convivir.

9. Cómo usar el crédito de formación paso a paso

Este es el proceso completo para una pyme que quiere gestionar su crédito de forma ordenada, ya sea directamente o con una entidad organizadora.

1

Accede a la aplicación de FUNDAE y consulta el crédito

Para acceder es necesario un certificado digital. Ahí verás el crédito asignado para el ejercicio y el ya dispuesto.

2

Decide cómo vas a gestionar

Directamente (la empresa comunica y justifica) o a través de una entidad organizadora, que firma un convenio de agrupación o de adhesión con la empresa. En el segundo caso, revisa bien qué servicios incluye y cuánto cobra por la organización.

3

Selecciona las acciones del plan que vas a bonificar

Prioriza las que tienen mayor coste directo y cumplen los requisitos (vinculación a la actividad, participantes asalariados, formato admitido).

4

Informa a la representación legal

Con la documentación completa y el margen necesario para que emita su informe antes de la fecha de inicio.

5

Da de alta la acción y comunica el grupo

Registra la acción formativa (contenidos, modalidad, horas) y comunica el inicio del grupo con la antelación exigida, indicando fechas, horario, lugar o plataforma, formador y participantes.

6

Imparte y documenta

Controla asistencias, conserva los materiales, las evaluaciones y los cuestionarios de calidad que exige el sistema.

7

Comunica la finalización y los costes

Indica qué participantes finalizaron y el detalle de costes (impartición, organización, salariales).

8

Aplica la bonificación

En la liquidación de cotizaciones, dentro del plazo del ejercicio y sin superar el crédito ni los límites.

9

Archiva el expediente

Conserva toda la documentación durante el plazo que exige la normativa para posibles controles.

Documentación del expediente de cada grupo

  • Informe de la representación legal (o constancia de que no existe).
  • Comunicaciones de inicio, modificaciones y finalización.
  • Controles de asistencia firmados o registros de la plataforma.
  • Facturas del proveedor y justificantes de pago.
  • Cálculo de costes salariales imputados.
  • Contrato o convenio con la entidad organizadora, si existe.
  • Diplomas o certificados entregados a los participantes.
  • Cuestionarios de evaluación de la calidad.

Entidad organizadora: qué exigirle

Que te envíe copia de cada comunicación realizada, el desglose de costes por grupo, la documentación de asistencia y el importe exacto a bonificar. La responsabilidad final ante la Administración es de la empresa beneficiaria, aunque haya delegado la gestión.

10. Caso práctico: una clínica dental de 22 personas

Veamos un ejercicio completo con una empresa ficticia. Todas las cifras son ilustrativas y deben ajustarse a los porcentajes, módulos y crédito vigentes en cada caso.

Datos de partida

  • Plantilla: 22 personas (tramo de 10 a 49, porcentaje de referencia del 60%).
  • Cuota de formación profesional ingresada el año anterior: 4.200 €.
  • Crédito disponible: 4.200 × 0,60 = 2.520 €.
  • Cofinanciación privada mínima: 10% del coste total.
  • Hay delegada de personal.

Acciones previstas

Acción Participantes Horas Modalidad Coste proveedor Coste salarial (18 €/h)
Atención al paciente y gestión de quejas 8 10 Presencial en jornada 1.200 € 1.440 €
Software de gestión clínica (nueva versión) 12 6 Aula virtual en jornada 720 € 1.296 €
Protección de datos en el ámbito sanitario 22 4 Teleformación en jornada 660 € 1.584 €

Cálculos

  • Coste de proveedores: 1.200 + 720 + 660 = 2.580 €.
  • Costes salariales: 1.440 + 1.296 + 1.584 = 4.320 €.
  • Coste total de la formación: 2.580 + 4.320 = 6.900 €.
  • Cofinanciación mínima (10%): 690 €. Los costes salariales (4.320 €) la cubren con holgura.
  • Bonificable: el menor entre los costes de proveedor que respetan los módulos (supongamos que todos lo hacen: 2.580 €) y el crédito (2.520 €). Bonificación: 2.520 €.
  • La diferencia (60 €) la asume la empresa y suma a la cofinanciación.

¿Y si dos personas no terminan?

Si en el curso de atención al paciente dos de los ocho participantes no alcanzan el 75% de asistencia, solo seis cuentan como finalizados. El límite por módulo de esa acción se reduce proporcionalmente y la bonificación podría quedar por debajo del coste facturado. Por eso conviene programar en fechas en las que las personas puedan asistir realmente.

Calendario aplicado

  • Febrero: la clínica consulta el crédito y entrega a la delegada de personal la información de las tres acciones.
  • Marzo: recibido el informe, comunica el inicio del grupo de software de gestión, que empieza en abril.
  • Mayo-junio: curso de protección de datos en teleformación, con franjas reservadas en el cuadrante.
  • Octubre: curso presencial de atención al paciente, fuera de los meses de vacaciones.
  • Noviembre: comunicación de las finalizaciones y aplicación de la bonificación en la liquidación de noviembre.

Resultado

La clínica forma a toda su plantilla, cumple la formación en protección de datos que su actividad requiere y recupera 2.520 € que, de otro modo, se habrían perdido. Todas las horas de formación se realizan dentro de la jornada y quedan reflejadas en el registro horario.

11. Errores habituales que hacen perder la bonificación

Los controles de FUNDAE y del SEPE detectan con frecuencia los mismos fallos. Conocerlos de antemano ahorra devoluciones y disgustos.

1. Comunicar el inicio tarde o no comunicarlo

La formación que empieza sin comunicación previa en plazo no es bonificable. Tampoco lo es si las fechas, horarios o lugar reales no coinciden con lo comunicado y no se notificó el cambio.

2. Saltarse a la representación legal

Iniciar la formación sin haber informado al comité o a los delegados, o sin respetar su plazo para emitir informe, es un incumplimiento que puede invalidar la bonificación.

3. Incluir participantes que no pueden serlo

Personas que no son asalariadas de la empresa (autónomos colaboradores, socios no asalariados, personal de ETT cedido) no pueden ser participantes de la formación programada de la empresa usuaria.

4. Bonificar a quien no ha finalizado

Sin el mínimo de asistencia o de actividades completadas, el participante no computa como finalizado.

5. Superar los módulos económicos

Bonificar el coste íntegro de una formación cara sin comprobar que respeta el máximo por hora y participante.

6. Aceptar regalos o "formación gratis"

Cualquier contraprestación al margen de la formación (equipos, descuentos, devoluciones) es contraria a la norma y puede ser sancionada.

7. Formación desvinculada de la actividad

Cursos sin relación con la empresa o con el puesto (salvo los PIF dirigidos a acreditación oficial) pueden ser rechazados en un control.

8. Dejarlo todo para diciembre

Con el plazo encima, las comunicaciones se precipitan, los grupos se llenan con quien esté disponible y aumentan los errores.

9. No cumplir la cofinanciación

Formar íntegramente fuera de jornada sin otros costes propios puede impedir alcanzar el porcentaje mínimo y reducir la bonificación.

10. No estar al corriente

Una deuda con la TGSS o con la AEAT en el momento de aplicar la bonificación puede hacerla indebida.

La regla de oro

Lo que se comunica es lo que se hace, y lo que se hace se puede demostrar. Si mantienes la coherencia entre comunicación, realidad y documentación, la formación bonificada es un procedimiento seguro.

Un aspecto que se pasa por alto es que el tiempo de formación exigida por la empresa es tiempo de trabajo. Si la formación bonificada se imparte fuera de jornada y no se registra ni compensa, al problema de la cofinanciación se suma un posible conflicto por horas extraordinarias no reconocidas.

12. Preguntas frecuentes sobre el crédito de FUNDAE

¿Todas las empresas tienen crédito de formación?

Todas las empresas que tienen personas asalariadas y cotizan por formación profesional disponen de crédito, calculado sobre lo ingresado por esa cuota el año anterior. Las de nueva creación pueden solicitar un crédito por cada persona de nueva incorporación.

¿Se puede acumular el crédito no usado?

Con carácter general, no: el crédito no dispuesto en el ejercicio se pierde. La excepción es para empresas de menos de 50 trabajadores, que pueden comunicar su voluntad de reservar el crédito para acumularlo con el de los dos ejercicios siguientes, en los plazos que fija FUNDAE.

¿Puede bonificarse la formación de personas en ERTE o fijos discontinuos?

La normativa permite que participen en la formación programada personas trabajadoras fijas discontinuas en periodos de no ocupación y personas afectadas por medidas de regulación de empleo, con reglas específicas. Consulta los requisitos concretos en FUNDAE antes de incluirlas.

¿La formación bonificada tiene que hacerse en horario laboral?

No es un requisito para bonificar, pero es lo más recomendable: facilita cumplir la cofinanciación privada con los costes salariales y evita que la formación exigida por la empresa genere tiempo de trabajo no registrado fuera de jornada.

¿Necesito una entidad organizadora?

No. La empresa puede gestionar directamente su formación en la aplicación de FUNDAE. Una entidad organizadora simplifica la gestión a cambio de un coste, que puede bonificarse dentro de los límites de los costes de organización. La responsabilidad ante la Administración sigue siendo de la empresa.

¿Qué pasa si FUNDAE detecta una irregularidad?

Puede dar lugar a que el SEPE exija la devolución de las bonificaciones indebidas con los recargos e intereses correspondientes y, según la gravedad, a una sanción conforme a la LISOS. Si detectas tú el error, regulariza cuanto antes con asesoramiento.

¿Puedo bonificar un máster o un grado universitario?

Con carácter general, las enseñanzas regladas que conducen a títulos oficiales no se financian como formación programada ordinaria (confirma tu caso concreto con FUNDAE), pero sí pueden dar lugar a un permiso individual de formación, que bonifica los costes salariales de las horas lectivas coincidentes con la jornada.

13. Conclusión: tu crédito ya está pagado, úsalo bien

El crédito de formación no es una subvención que haya que conseguir: es un dinero que la empresa ya ha aportado con sus cotizaciones y que puede recuperar formando a su plantilla. Dejarlo sin usar equivale a renunciar a una parte de lo que se ha pagado.

Aprovecharlo exige orden: conocer el crédito al inicio del año, integrarlo en el plan de formación, respetar la secuencia de información a la representación legal y comunicación a FUNDAE, controlar la asistencia, cumplir la cofinanciación y aplicar la bonificación dentro de plazo. Y, sobre todo, coherencia entre lo comunicado y lo realizado.

Si formas dentro de la jornada, ganas por partida doble: cumples con facilidad la cofinanciación y evitas que la formación genere tiempo de trabajo no registrado. Un registro horario fiable te dará además la prueba objetiva de cuándo se formó cada persona.

Septiembre es un buen momento para revisar cuánto crédito te queda este año y programar las acciones del último trimestre con margen suficiente para comunicarlas. Lo que no se planifica en otoño difícilmente se bonificará en diciembre.

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Irene Payá

Directora de Ikelma | Especialista en Derecho Laboral y Estrategia de RRHH

Con más de 15 años de experiencia asesorando a empresas en la modernización de sus marcos laborales, Irene ayuda a las pymes a sacar partido de su crédito de formación con procedimientos sencillos y seguros.

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